Manual del Estudiante de la Universidad San Francisco de Quito - USFQ



Mala conducta en el proceso de recopilación y divulgación de datos de investigación. Lo que constituye una o varias de las siguientes infracciones: a. La falta de honradez en la presentación de los resultados que incluye la falsificación de datos, manipulación inadecuada de los resultados, negligencia en la recopilación y análisis de datos, presentación de datos selectivos y la omisión de datos conflictivos con fines engañosos. b. Plagiar, que implica lo siguiente: i. Atribuirse la autoría de ideas, palabras o trabajos ajenos. ii. Parafrasear, traducir o copiar de manera total o parcial textualmente un documento escrito sin reconocer explícitamente su fuente. Para analizar y determinar el cometimiento de plagio por parafraseo, se tendrán en cuenta las prácticas de citación de cada área de conocimiento. iii. Tomar o publicar las ideas o datos de otros que fueron compartidos con las expectativas legítimas de confidencialidad. c. La falta de adhesión a las regulaciones internas, nacionales, e internacionales. d. El robo o la destrucción de la propiedad de otras personas, incluyendo informes de investigación, datos impresos o en forma electrónica, suministros, equipos o productos.

e. El encubrimiento que implica no informar sobre infracciones o faltas de ética en la investigación por parte de otras personas. f. La falta del reconocimiento explícito a la afiliación institucional del investigador con la USFQ de acuerdo con la Política de Citación de Afiliación Institucional y Agradecimientos a Donantes y Auspiciantes de la USFQ. Este reconocimiento deberá hacerlo el investigador incluso cuando ya no forme parte de la planta docente o de investigación de la institución, si su investigación fue realizada durante su permanencia en la USFQ.

g. La violación de la Política de Propiedad Intelectual de la USFQ, en especial el uso no autorizado de recursos, información o datos que pertenecen a la institución.

No respetar las regulaciones en proyectos de investigación que involucren estudios con seres vivos. Se deberá siempre considerar lo previsto en los procesos y procedimientos establecidos por el Comité de Ética de la Investigación de la USFQ; en específico, se considerarán faltas a la ética de investigación, con sujetos humanos, las siguientes: a. Dirigir o participar en un proyecto de investigación que incluya sujetos humanos sin contar con la autorización del Comité de Ética de la Investigación.

b. No asegurarse que los riesgos para los participantes dentro de la investigación se hayan reducido al máximo y que se mantengan los principios fundamentales de la ética de autonomía, justicia, beneficencia y no maleficencia.

c. Violar de uno de los principios previstos en la legislación nacional y la Declaración de Helsinki de la Asociación Médica Mundial y sus enmiendas posteriores.

Conflictos de interés en la investigación. Es política de la Universidad evitar conflictos de interés. Así, toda investigación debe evitar conflictos en cuanto a la relación entre la investigación y los patrocinadores. Los conflictos de interés se dan cuando intereses personales, profesionales y comerciales en las actividades fuera de la Universidad tienen la posibilidad, ya sea en la realidad o en apariencia, de lo siguiente: a. Poner en compromiso la seguridad y reputación de un miembro de la comunidad universitaria, incluyendo la facultad, otro personal y estudiantes; b. Desvirtuar la naturaleza o la dirección de la investigación científica; c. Influir en la decisión o en el comportamiento de un miembro de la facultad o el personal con respecto a los asuntos de investigación, relación con los estudiantes, nombramientos y ascensos, uso de recursos de la Universidad u otros asuntos que puedan perjudicar a la Universidad; d. Resultar en una ganancia indebida personal o familiar a expensas de la Universidad y/o la investigación y la buena práctica ética; y, e. Poner en compromiso las responsabilidades que tiene el investigador con la USFQ por dar prioridad a relaciones y/o compromisos externos a la institución.

Para los investigadores y equipos de investigación, estos conflictos potenciales se extienden a las relaciones de los investigadores con un patrocinador, empresas y otras fuentes de financiamiento de investigaciones presentes o anteriores. Si un miembro del personal docente o de investigación, o cualquier personal involucrado en investigación, o un estudiante, incurren en un posible conflicto de interés de los descritos anteriormente, se considerará una falta de ética y se seguirá el proceso correspondiente. En caso de existir conflictos de interés o dificultades reales o potenciales, éstas deberán ser comunicadas al Coordinador de Investigación y evaluadas por el Decano de Investigación. En caso de ser significativos, los conflictos serán manejados como se describe en la sección correspondiente.
SANCIONES Y PROCESO EN CASOS DE FALTAS A LA ÉTICA DE LA INVESTIGACIÓN Las denuncias en contra de un estudiante por
 
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Tomado de usfq.edu.ec