![]() proceso y las sanciones señalados en el Código de Honor y Convivencia de la USFQ de conformidad con lo previsto en el artículo 207 de la LOES, en caso de ser denunciados por cometer una falta de deshonestidad académica. El debido proceso será organizado por el Decano de Estudiantes y vigilado por el Ombudsman. El Gobierno Estudiantil dirige las Cortes de Honor, una instancia donde los estudiantes también pueden ejercer su derecho a la defensa en caso de denuncias por faltas de deshonestidad académica. Si fuera el caso y de ser procedente, los reembolsos por separación de la USFQ se sujetarán a las políticas establecidas por el Comité de Asuntos Financieros y de acuerdo con el calendario de devolución de pagos establecido para el efecto. El estudiante que pertenece a un programa presencial o semipresencial se sujetará a un proceso presencial aun si la infracción se hubiera cometido en un curso de la modalidad en línea. Para el estudiante que pertenece al Programa de Educación En Línea que no pueda comparecer de manera presencial, su intervención en el proceso se llevará a cabo de manera virtual con la ayuda de herramientas tecnológicas, a menos que haya incurrido en una infracción en un curso presencial. Esto aplica tanto para infracciones consideradas como deshonestidad académica como para violaciones disciplinarias. SANCIONES Y PROCESO EN CASOS DE FALTAS A LA ÉTICA DEL APRENDIZAJE RELACIONADOS CON OTROS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Las denuncias en contra de un profesor o de cualquier otro miembro de la comunidad universitaria que no sea estudiante, por faltas a la ética del aprendizaje se presentan ante el Ombudsman. El caso será conocido por un Comité de Facultad que aplicará la normativa del Código de Honor y Convivencia de la USFQ. ÉTICA DE LA INVESTIGACIÓN Y DE LA CREATIVIDAD La ética en el trabajo de investigación y creatividad es un valor fundamental de la Universidad San Francisco de Quito USFQ. Sin ética, no se podría justificar el privilegio de la libertad académica intrínseca al trabajo académico y a la educación, ni se podría ofrecer a la sociedad los avances de los conocimientos que se derivan de los procesos libres y abiertos de investigación y creatividad. La Universidad San Francisco de Quito USFQ está comprometida con los valores básicos de transparencia, integridad, trabajo académico e independencia. Los investigadores y todas las personas involucradas en la investigación deberán actuar con honestidad y ética, defendiendo los intereses de la Universidad cuando desempeñen sus funciones. Por lo tanto, es una responsabilidad fundamental del personal investigador, de los estudiantes, del personal técnico, y del personal administrativo de la institución actuar de manera responsable y ética en todas las actividades involucradas con procesos de investigación y creatividad. El Decanato de Investigación será la instancia responsable de asegurar la implementación de las políticas sobre la ética de la investigación y someter los reportes al Comité de Investigación. El Decanato de Investigación no asignará en puestos claves a personas que podrían tener un conflicto de interés en el proceso de revisión de los resultados de las investigaciones. DERECHOS DEL INVESTIGADOR Derecho a la libertad de investigar y crear dentro de cualquier área del quehacer humano, siempre que se utilicen metodologías apropiadas guiados por principios éticos y profesionales. Derecho a la libertad de colaboración Los docentes-investigadores tienen el derecho de poder colaborar en sus proyectos de investigación y creatividad con otros investigadores, dentro o fuera de la USFQ. Se promoverá en especial la colaboración con otros docentes-investigadores pertenecientes con la USFQ. Cuando la colaboración sea con investigadores externos, es responsabilidad del investigador de la USFQ garantizar que no existen conflictos de intereses entre sus colaboradores externos y la USFQ, cumplir con todos los procesos y políticas de registro de sus colaboraciones y asegurarse de que todos sus colaboradores conocen y cumplen -en sus ámbitos de colaboración- con los lineamientos, manuales, políticas y códigos que gobiernan a los procesos de investigación y creatividad en la USFQ. Sin embargo, cuando la colaboración deja de ser a nivel personal, y pasa a ser institucional, el investigador debe contar con la aprobación del Decanato de Investigación y la colaboración se debe validar a través de la firma de un convenio interinstitucional. Derecho a compromisos externos a la USFQ Los investigadores tienen el derecho de adquirir compromisos externos de carácter profesional, personal o económico. En estos compromisos no se pueden utilizar recursos de la USFQ, incluyendo el tiempo del investigador, y estos compromisos no deben implicar un conflicto con los intereses de la Universidad, incluyendo los proyectos de investigación y creatividad que se desarrollan dentro de la USFQ. Para vincularse a un compromiso externo, el investigador requerirá aprobación previa del Vicerrector y del Decano de Investigación, siguiendo el procedimiento correspondiente. FALTAS A LA ÉTICA DE LA INVESTIGACIÓN En este apartado se enuncian algunos actos que se consideran faltas a la ética de investigación, ya que eventualmente en el proceso de investigación se pueden generar nuevas conductas reprobables. | |
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