Manual del Estudiante de la Universidad San Francisco de Quito - USFQ



de estudios. El estudiante deberá presentar nuevamente el "Formulario de Registro en la Unidad de Titulación" para ser registrado en el curso con código X991G en el siguiente periodo académico, cancelando previamente el valor correspondiente para este tipo de examen.

Si el estudiante reprobara el curso de desarrollo de examen de gracia, podrá solicitar el cambio de opción de titulación a la de trabajo de titulación para el siguiente semestre, siempre y cuando se encuentre dentro del plazo de 12 meses de culminación de estudios y si el tiempo restante para completar el plazo mencionado fuera suficiente para que el estudiante curse y cumpla los requisitos de preparación y desarrollo de esta opción de titulación. Previo a su registro, el estudiante deberá cancelar los valores por concepto de matrícula y aranceles correspondientes a los cursos de Preparación y Desarrollo de Trabajo de Titulación.
ATENCIÓN: Cuando un estudiante reprueba la opción de titulación elegida, se asentará en su kárdex académico la nota reprobatoria obtenida. Esta nota será excluida del cómputo de su Promedio Acumulado GPA cuando apruebe el siguiente curso de desarrollo de titulación. Sin embargo, la nota reprobatoria permanecerá en su kárdex académico.
CONSECUENCIAS DEL NO CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS DE TITULACIÓN Y/O PRÓRROGA
El estudiante que no culmine y apruebe su opción de titulación dentro de los 12 meses consecutivos (dos periodos académicos regulares) a aquel periodo académico en que culminó las demás materias de su malla curricular o dentro de las prórrogas señaladas anteriormente, no podrá obtener su título académico y, dependiendo del tiempo transcurrido, tendrá que cumplir con lo dispuesto por la Disposición General Cuarta del Reglamento de Régimen Académico vigente, tal como se explica a continuación:

1. Transcurridos entre 12 meses (dos semestres regulares) y 10 años desde que culminó las materias de su malla curricular, deberá solicitar el reingreso. Si la carrera o programa se encontrara vigente y se autorizara el reingreso, para actualizar sus conocimientos el estudiante deberá matricularse y tomar al menos 1 y máximo 6 materias de la oferta regular de cursos correspondiente a su especialidad determinados por su coordinador o decano.
El decano o el coordinador deberán emitir un acta en la que conste el listado de materias que deberá cursar el estudiante y que contendrá la firma de aceptación del estudiante. Esta acta deberá ser remitida a la Oficina de Asuntos y Servicios Académicos OASA para su aplicación. El estudiante deberá cancelar los valores por concepto de matrícula y aranceles correspondientes a los cursos.



2. El estudiante deberá aprobar la unidad de titulación correspondiente y vigente a la fecha. Los cursos de la Unidad de Titulación que puedan haber sido tomados previamente se tendrán en cuenta para el cómputo de número de registros, cambios y retiro en titulación.



3. Adicionalmente, el decano o coordinador podrán requerir la rendición de exámenes de validación de conocimientos de la/s materia/s cursadas con anterioridad al egreso del estudiante que consideren necesarias. Deberán comunicar este particular a OAS

A.

4. Pasados los diez años, el estudiante no podrá titularse en la USFQ, tal como lo señala la legislación vigente.
ATENCIÓN: Se considera el egreso de un estudiante cuando ha completado los requisitos académicos de su malla curricular pero no ha completado la Unidad de Titulación de su carrera. Desde su egreso, el estudiante tiene un plazo máximo de 12 meses, equivalentes a dos semestres regulares consecutivos, para finalizar su trabajo de titulación bajo las condiciones explicadas anteriormente.
La aprobación de la Unidad de Titulación, ya sea mediante la presentación de un trabajo de titulación o la rendición de un examen complexivo, no debe superar los 12 meses contados desde el último periodo académico en que el estudiante culminó las materias de su malla curricular.
PAGOS RELACIONADOS CON LA UNIDAD DE TITULACIÓN A lo largo de esta sección se ha hecho referencia a pagos vinculados con la Unidad de Titulación.

Con el pago por concepto de aranceles y matrícula del periodo, el estudiante podrá tomar las materias de la Unidad de Titulación junto con otras materias pendientes de su malla curricular.

Si el estudiante requiere su registro únicamente en los cursos de titulación* deberá cancelar los valores correspondientes: Curso Pago Desarrollo de Examen Complexivo o de Trabajo de Titulación matrícula Solo Preparación de Examen Complexivo o de Trabajo de Titulación matrícula + # créditos Preparación + Desarrollo de Examen Complexivo o Trabajo de Titulación matrícula + # créditos Prórroga de Trabajo de Titulación matrícula
Examen Complexivo de Gracia (si reprueba examen complexivo)
derecho de examen de recuperación/ gracia * Esto podría suceder si el estudiante excede el tiempo previsto de graduación debido a, por ejemplo: interrupción de estudios o retiro temporal por cualquier motivo; reingreso; repetición o reprobación de una o varias materias de la malla curricular; si el 46 curricular de la carrera y está compuesta de tres cursos. Los últimos dos cursos se denominan curso de preparación y curso de desarrollo, que culmina con la presentación escrita y oral, si fuera el caso, del trabajo de titulación o la rendición del examen complexivo.

El tiempo establecido para que un estudiante desarrolle su trabajo de titulación o se prepare para la rendición de un examen complexivo es de un periodo académico ordinario.
 
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Tomado de usfq.edu.ec