acuerdo con los parámetros de homologación vigentes. No se homologarán materias de modalidad en línea que hayan sido cursadas por un estudiante en la USFQ, en la universidad anfitriona o en otra universidad mientras el estudiante se encontraba cursando un programa de intercambio internacional sin convenio con la USFQ. CARGA ACADÉMICA: NÚMERO DE HORAS-CRÉDITO POR PERIODO ACADÉMICO La carga académica es el número de horas-crédito que un estudiante regular a tiempo completo cursa en un periodo académico. Esta carga tiene dos componentes: carga mínima y carga máxima de horas-crédito, que se detallan más adelante. ATENCIÓN: La carga máxima de créditos no podrá ser superada sin excepción. Ninguna autoridad podrá autorizar un mayor número de créditos. Es responsabilidad del estudiante planificar las materias que cursará en cada periodo académico en conformidad con la carga académica autorizada y que consta en su malla curricular. La carga académica se rige por las siguientes reglas: 1. Carga Mínima: Es el número mínimo de horas-crédito que un estudiante debe cursar en cada periodo académico de acuerdo con su malla curricular para ser considerado Estudiante Regular a Tiempo Completo. 2. Carga Máxima: Es el número máximo de horas-crédito que un estudiante puede cursar en cada periodo académico para ser considerado Estudiante Regular a tiempo completo. La carga máxima no puede ser superada bajo ningún concepto. 3. El Sistema Académico está calibrado para que todo estudiante regular respete la carga mínima y máxima de horas-crédito por periodo académico. Solo la malla de la carrera de Medicina especifica una carga máxima mayor de créditos en los periodos de verano. Para este caso, se aplicará la carga máxima determinada por la malla. 4. Para tomar una carga por debajo de la carga mínima, el estudiante deberá solicitar autorización al Comité de Asuntos Académicos con la debida justificación y documentación de respaldo. 5. Con el pago por concepto de matrícula y aranceles en cada periodo, el estudiante regular está autorizado a registrar materias en el rango de la carga mínima y máxima permitida y el número máximo de materias consideradas como requisitos de titulación de 0 créditos. La USFQ incentiva a sus estudiantes para que obtengan su título académico dentro de los plazos establecidos para su carrera. Por ello, se recomienda que el estudiante se registre en la carga máxima permitida en cada periodo de acuerdo con lo sugerido por su malla curricular. 6. Para cursar únicamente requisitos de titulación en un periodo académico regular, el estudiante deberá cancelar la matrícula de la carrera establecida para el periodo. La matrícula no es reembolsable sin excepción. 7. Para cursar únicamente requisitos de titulación en una sesión de verano, el estudiante deberá cancelar la matrícula establecida para esta sesión. La matrícula no es reembolsable sin excepción. 8. Para cursar los internados de la carrera de Medicina, de acuerdo con lo señalado por la malla curricular, el estudiante deberá cancelar los valores de matrícula y aranceles de cada periodo académico regular fijados para la carrera, pues son requisitos de titulación exigidos para el cumplimiento de las horas requeridas para graduación. 9. De acuerdo con las regulaciones de educación superior, el estudiante que por cualquier motivo repita al menos un curso, por segunda o tercera ocasión, deberá cancelar el valor correspondiente al derecho de repetición del respectivo periodo académico. Este valor único será cargado al estado de cuenta del estudiante en cada periodo, independientemente del número de materias que repita y, deberá ser cancelado junto con el pago del siguiente período académico. 10. Los cursos ESL de inglés son requisito para cumplir la suficiencia de segundo idioma y pueden ser cursados dentro o fuera de la USFQ según la voluntad del estudiante, pero su repetición por cualquier motivo en la USFQ implicará el pago de un arancel adicional fijado para estos casos. 1 1. Los cursos de otros idiomas diferentes al inglés o los cursos de Deporte que se tomen por encima del número de materias exigidas por la malla curricular como optativas de Colegio General o como requisitos de titulación, implicarán el pago de un arancel adicional fijado para estos casos. 1 2. Los estudiantes de 1er. año de estudios de modalidad presencial no están autorizados a cursar materias de modalidad en línea. Podrán hacerlo únicamente a partir de su segundo año de estudios. ATENCIÓN: Todo estudiante que, temporal o definitivamente, curse todas las materias de un semestre en otra modalidad distinta a la que pertenece, deberá acogerse a la carga académica que corresponda a esa modalidad. A continuación, se especifican las cargas por periodo académico y modalidad de estudios del Estudiante Regular. | |
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