Manual del Estudiante de la Universidad San Francisco de Quito - USFQ



la carrera, el título especifica si la carrera se cursó en la modalidad "Presencial", "Semipresencial" o "En Línea". A continuación, se detalla el porcentaje máximo de horas-crédito que un estudiante puede tomar en una modalidad distinta a la de su carrera.

ATENCIÓN: En el kárdex del estudiante debe siempre estar actualizado el nombre de la carrera, su modalidad y el colegio al que pertenece. Si la carrera declarada no coincide con la carrera que se está cursando, el estudiante no será candidato a obtener el título académico de acuerdo con las disposiciones del Reglamento de Régimen Académico vigente.
El hecho de no haber notificado un cambio de carrera y/o modalidad no libera al estudiante de las responsabilidades financieras y disciplinarias que pueden estar asociadas a la nueva carrera y/o modalidad. Si el estudiante detecta que la carrera o modalidad ingresada en el sistema no es la que se encuentra cursando, debe acercarse inmediatamente a la Oficina de Asuntos y Servicios Académicos OASA donde se le guiará para seguir el proceso de rectificación.

PORCENTAJE MÁXIMO DE HORAS-CRÉDITO PERMITIDO CURSAR EN OTRA MODALIDAD
Los estudiantes pueden tomar un porcentaje de materias en otra modalidad distinta a la de su carrera según lo estipulado en el Reglamento de Régimen Académico vigente.

Este porcentaje es del 15% en carreras de tercer nivel y del 20% en posgrado.

Para calcular el número de materias que se podrán tomar en otra modalidad, el estudiante deberá referirse al número total de créditos de su carrera.

Así, en una licenciatura de 144 créditos, se podrán cursar en otra modalidad de estudios hasta 21 créditos. Por lo tanto, en tercer nivel, para la modalidad presencial, solo se podrá utilizar hasta un 15% de horas-crédito de cursos tomados en la modalidad en línea, por ejemplo.

Para la modalidad presencial, el excedente de horas-crédito sobre este porcentaje no será contabilizado para la obtención de un título dentro de esta modalidad. No habrá reembolsos por este concepto.

Esta regulación también aplica para las carreras semipresenciales de la Extensión Galápagos.

Es responsabilidad del estudiante llevar un control de las horas-crédito que cursa en otra modalidad para utilizarlas en una carrera en la modalidad presencial. Si el estudiante tomó un porcentaje mayor de horas-crédito en otra modalidad y las aplica a su malla curricular, su título corresponderá obligatoriamente a esa modalidad, siempre y cuando la carrera exista y esté vigente en esa modalidad.
De lo contrario, el estudiante deberá repetir en modalidad presencial los cursos tomados en exceso en otra modalidad.

La materia final de la Unidad de Titulación no se podrá cursar en una modalidad distinta a la de la carrera. Ver sección PROCESO DE REGISTRO DE MATERIAS PARA ESTUDIANTES REGULARES, punto

6.

SUBESPECIALIZACIÓN (MINOR)

Algunas áreas académicas ofrecen a los estudiantes la oportunidad de obtener una subespecialización que se compone de al menos 6 materias. Con este propósito, se deben cursar y aprobar las materias adicionales que se especifican en la malla de la subespecialización. Si esta se obtiene en el mismo colegio de la especialización, se requerirá cursar al menos cuatro materias adicionales a las horas-crédito de la especialización, que deberán ser designadas por el decano respectivo en conformidad con la malla de la subespecialización.
Al menos el 50% de materias, cursadas y aprobadas para una subespecialización, deberán ser tomadas en la USFQ. No se podrán cursar más de dos subespecializaciones simultáneamente con una carrera.

En los títulos de licenciatura y profesionales no se hace mención a ninguna subespecialización, pero sí en el kárdex académico y en un certificado que otorga la universidad, pero que no se registra en la plataforma de la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación SENESCYT.

A inicios del periodo en que el estudiante tiene previsto graduarse, debe declarar su Subespecialización a través del "Formulario de declaración de Subespecialización/Minor " disponible en el siguiente enlace: https://formulariosacademicos.usfq.edu.ec Este formulario debe ser entregado al coordinador del área a la que pertenece la subespecialización para que se realice la verificación de cumplimiento de requisitos.

Adicionalmente, el estudiante debe declarar la subespecialización que ha cursado en su solicitud de graduación. VER SECCIÓN PROCESO DE GRADUACIÓN.

UNIDAD DE TITULACIÓN En qué consiste la Unidad de Titulación vigente Toda carrera de grado o tercer nivel requiere el desarrollo de un trabajo de titulación o la rendición de un examen complexivo como uno de los requisitos para la obtención de un título académico profesional o de licenciatura.

En conformidad con su modalidad de estudios, para cada carrera rigen políticas y reglas especiales para el desarrollo y evaluación del trabajo de titulación, así como para la preparación y rendición del examen complexivo o de fin de carrera, y la nota mínima requerida para aprobarlos.

La Unidad de Titulación forma parte de la malla curricular de la carrera y está compuesta de tres cursos. Los últimos dos cursos se denominan curso de preparación y curso de desarrollo, que culmina con la presentación escrita y oral, si fuera el caso, del trabajo de titulación o la rendición del examen complexivo.

El tiempo establecido para que un estudiante desarrolle su trabajo de titulación o se prepare para la rendición de un examen complexivo es de un periodo académico ordinario.
 
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Tomado de usfq.edu.ec