![]() Comité de Asuntos Académicos CAA acepte el retiro académico del estudiante de todos los cursos registrados en el periodo, ver sección RETIRO EXTRAORDINARIO TEMPORAL O DEFINITIVO DE UN PERIODO ACADÉMICO EN CURSO. *Implica el retiro de todas las materias registradas por el estudiante en el Sistema Académico Banner. 4. Se reembolsará o acreditará como abono para uso futuro, el 100% del valor cancelado por créditos para una sesión de verano optativa u obligatoria por falta de oferta académica de materias de interés para el estudiante, siempre y cuando el reembolso sea solicitado hasta el día 30 de iniciadas las clases de la sesión de verano. En caso de haber pagado matrícula de verano, esta no será reembolsada. En todos los demás casos se aplicarán lo montos de reembolso establecidas en la tabla a continuación. 5. En cualquier otro caso, inclusive en caso de desistimiento o diferimiento de admisión de estudiantes nuevos, el plazo máximo para solicitar un reembolso o acreditación de valores como abono para uso futuro por concepto de aranceles es de 30 días contados desde el inicio de clases del periodo académico ordinario, o de verano obligatorio u optativo para el que se cancelaron los valores. Si la solicitud es presentada dentro del plazo estipulado, se reembolsarán o acreditarán valores como abono para uso futuro de acuerdo con la siguiente tabla de porcentajes. Pasado el plazo de 30 días contado desde el inicio de clases de un periodo ordinario, modular o de verano optativo u obligatorio no habrá reembolso de valores. Es responsabilidad del estudiante presentar su solicitud dentro de los plazos establecidos. CRONOGRAMA DE REEMBOLSOS O DE ACREDITACIÓN DE VALORES COMO ABONO PARA USO FUTURO POR CONCEPTO DE ARANCELES Porcentaje de reembolso o acreditación de aranceles como abono para uso futuro Fecha de presentación del formulario en periodo académico regular Campus USFQ o trimestral Extensión Galápagos Fecha de presentación del formulario en sesión de verano Campus USFQ 100% Hasta el día anterior a la fecha de inicio de clases Hasta el día 10 desde la fecha de inicio de clases 75% Desde el día 1 hasta el día 15 desde la fecha de inicio de clases Desde el día 11 hasta el día 15 desde la fecha de inicio de clases 50% Desde el día 16 Desde el día 16 hasta el día 30 desde la fecha de inicio de clases hasta el día 30 desde la fecha de inicio de clases 0% 31 días en adelante a la fecha de inicio de clases 31 días en adelante a la fecha de inicio de clases *Estos porcentajes se aplicarán en todos los casos, aunque sea obligatorio u optativo cursar la sesión de verano. Ver Calendario Académico en página web para fecha de inicio de clases. 6. No se harán reembolsos de valores cancelados para periodos académicos anteriores, aunque el estudiante no haya registrado materias en su kárdex académico. 7. En caso de separación disciplinaria o de suspensión disciplinaria ejecutadas durante un periodo en curso, no habrá reembolso ni acreditación de valores como abono para uso futuro. 8. En los casos de suspensión disciplinaria o separación académica o disciplinaria para el siguiente periodo académico se reembolsará todo el valor cancelado por el estudiante, en caso de no existir valores pendientes de pago. En todo caso de separación, solo se podrá procesar un reembolso de valores y no acreditación de valores como abono para cursar futuros periodos académicos. En todos los casos, el plazo para presentar la solicitud es de 30 días contados desde el inicio de clases del periodo académico para el que el estudiante haya sido suspendido o separado. Pasado este plazo, la solicitud no será procesada. 9. Cualquier reclamo por valores cancelados por conceptos diferentes a aranceles, deberá realizarse dentro de los 30 días posteriores a la realización del pago. Pasado este plazo no habrá devolución de valores. 10. Ninguna solicitud presentada fuera de plazo o sin la documentación de respaldo necesaria será procesada. 1 1. Las decisiones tomadas por el Comité de Asuntos Financieros en aplicación de estas reglas no serán sujetas a apelación. REGLAS APLICABLES A REEMBOLSOS O ACREDITACIÓN DE VALORES COMO ABONO PARA USO FUTURO AUTORIZADOS POR EL CAF 1. Cuando un estudiante activo solicite un reembolso o cuando un estudiante se retire temporalmente de la Universidad, solo se autorizará la acreditación de valores como abono para uso futuro y no un reembolso, excepto si se trata de último semestre de estudios. 2. La acreditación de valores como abono para uso futuro solo podrá utilizarse en un periodo máximo de dos años desde que fue autorizada. Sin embargo, en ciertos procesos los plazos podrán ser más cortos; | |
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